La Profesión de Perito calígrafo y su Colegio Profesional I

Tercer y último artículo de la serie “La Profesión de Perito calígrafo y su Colegio Profesional” María del Carmen Calderón Berrocal da una amplia respuesta a los comentarios que recibió en uno de sus anteriores artículos Hablando sobre Pericia Caligráfica: ¿Cómo puede ayudar un peritaje en una causa?

El ejercicio profesional está regulado en el Reglamento de la Sección de Pericia Caligráfica de los colegios de doctores y licenciados en Filosofía y Letras y Ciencias, que agrupan demarcaciones geográficas y cuyo articulado es aprobado por el gobierno; y que generalmente obedecen a unos presupuestos casi idénticos.

La Profesión de Perito calígrafo y su Colegio Profesional. Parte 3

La Sección de Pericia Caligráfica es una sección profesional, constituida y aprobada por la Junta de Gobierno del C.D.L., que se rige por los Estatutos Colegio, por las disposiciones recogidas en el reglamento y por cualquier normativa vigente que le sea de aplicación. El Ejercicio del Profesional de la Pericia Caligráfica que comprende la función de Perito Calígrafo, se realizará en régimen de libre competencia y sin perjuicio de la legislación general y específica aplicable en el ordenamiento sustantivo propio de la profesión. Estará sujeto, en cuanto a la oferta de servicios y fijación de su remuneración, a la Ley sobre Defensa de la Competencia y a la Ley sobre Competencia desleal.

Serán consideradas como funciones propias del Perito Calígrafo, en juicio o fuera de él, dictaminar sobre la autenticidad u origen de escritos, documentos, instrumentos públicos o privados, o cualquier otro elemento probatorio con caracteres gráficos, ya sean manuscritos, mecanografiados o impresos.

El ejercicio de la profesión de Perito Calígrafo comprende la realización de peritajes judiciales y extrajudiciales; el cumplimiento de funciones o comisiones por designación de autoridades públicas; asesoramiento privado a particulares sobre asuntos de competencia profesional; y estudios y asesoramiento sobre escritura y documentos.

La Profesión de Perito calígrafo y su Colegio Profesional. Parte 3

Para ejercer la profesión de Perito Calígrafo de manera individual y sin relación de dependencia, es requisito indispensable la colegiación en el C.D.L. y en la sección de Pericia Caligráfica. La Sección de Peritación Caligráfica estará integrada por los siguientes miembros residentes, aquellos que tienen fijado su domicilio profesional en el término de las provincias de Sevilla y Huelva; y por los no residentes, los que tienen su domicilio profesional fuera del ámbito territorial del C.D.L.

La condición de miembro de la Sección se adquiere cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Ser Doctor o Licenciado en Filosofia y Letras y en Ciencias, incorporado al Ilustre Colegio de Doctores y Licenciados, se incluyen en esta denominación las carreras de Geografía e Historia, Filosofía, Filología, Ciencias que no tengan su propio colegio profesional, pudiendo ser admitidos cuantos lo soliciten y reúnan las condiciones para integrar la sección de Pericia Caligráfica. La Junta de gobierno comprobará si cumple los requisitos establecidos en estos estatutos para ser miembro de la Sección.

  • Haber superado algún curso de formación pericial caligráfica impartido por alguna institución oficial de carácter público o reconocida por la Administración.

  • Efectuar la oportuna solicitud a la Junta de Gobierno.

La Profesión de Perito calígrafo y su Colegio Profesional. Parte 3

Los miembros de la Sección deberán participar activamente en las tareas de ésta, aportando su colaboración personal y contribuyendo con las cuotas o aportaciones que en su caso se establezcan. Deberán asumir el deber de aceptar el arbitraje y conciliación de la Junta de Gobierno en las cuestiones de carácter profesional que se susciten entre los miembros de la Sección de Pericia Caligráfica; así como cumplir los acuerdos y resoluciones de la Junta de Gobierno, sin perjuicio de lo que le corresponda a la Junta Directiva de la propia asociación y de los recursos que se estimen oportunos interponer.

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Por María del Carmen Calderón Berrocal

Licenciada en Geografía e Historia, Doctorado cursado en Historia Medieval, Ciencias y Técnicas Historiográficas Universidad de Sevilla; Paleografía, Neografía y Diplomátic. Perito Judicial Calígrafo en los tribunales de Sevilla y Huelva, peritaciones de parte y para instituciones como la Universidad Interamericana de Puerto Rico. Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales. VII Curso Archiveros Junta Andalucía IAAP-USE. Máster y Especialista Universitario en Dirección de Centros Sociosanitarios de Mayores UPO. Máster Prevención de Riesgos Laborales UNIR. Asociación de archiveros Andaluces y Colegiada 5107 del Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Sevilla y Huelva, siendo miembro fundador de su sección de Pericia Caligráfica.

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