La Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Zaragoza elabora un informe sobre Peritaciones y Especialidad Médica

El documento ofrece respuestas a consultas de colegiados, sobre aspectos éticos y jurídicos, relativos a su actividad pericial. Entre ellos, la cualificación /capacitación de los profesionales que desarrollan esta labor en la práctica cotidiana…

Así, en el informe se recuerda que “la capacitación no es la única condición que debe reunir el perito en la prática, de manera que su idoneidad puede venir limitada también por circunstancias o hechos que le obligan a abstenerse o que pueden determinar su recusación”.

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Y en cuanto a la cualificación, la Comisión Deontológica señala en su informe que “en el ámbito de las especialidades médicas, dos títulos oficiales de especialista vía MIR reconocen competencias para actuar como perito. Estos son el Título de Especialista en Medicina Legal y Forense y el Título de Especialista en Medicina del Trabajo. Los programas oficiales de estas especialidades contemplan específicamente la formación, como perito ante los tribunales con mayor especialización, en la jurisdicción social/laboral para los últimos”.

Además de estas dos especialidades médicas oficiales, el informe recuerda que existen títulos universitarios y másteres, que permiten acreditar una formación específica para la actuación como perito ante los tribunales, como el Título de Experto o Especialista en Valoración del Daño Corporal.

Acceder al informe de la Comisión Deontológica sobre Peritaciones y Especialidad Médica

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