Nuevo impulso a la mediación en Cataluña

El Departamento de Justicia y el Colegio de Notarios han firmado un convenio para impulsar y difundir la mediación como método de resolución de conflictos

El consejero de Justicia, Germà Gordó, firmó el pasado lunes un convenio de colaboración con el decano presidente del Colegio de Notarios de Cataluña, Joan Carles Ollé, con el objetivo de impulsar y difundir la mediación como método de resolución de conflictos civiles y familiares, a fin de evitar la apertura de procesos judiciales.
Mediante la firma de este Convenio, el Colegio de Notarios de Cataluña se compromete a desarrollar las funciones que la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado, establece para los colegios profesionales en el ámbito de la mediación.
A partir de ahora, el Colegio de Notarios de Cataluña deberá gestionar el registro de personas mediadoras que estén colegiadas y comunicar las altas y bajas en el Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña; proponer el mismo Centro la persona mediadora cuando las partes se dirijan a este colegio profesional, así como llevar a cabo la formación específica y declarar la capacitación de las personas mediadoras.
En este último sentido, el Colegio también se compromete a introducir en el ámbito de la formación especializada del estudio de las técnicas de mediación, de negociación y de resolución alternativa de conflictos, entre otros. Por su parte, el Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, que depende del Departamento de Justicia, hará el seguimiento de las actuaciones de colaboración que se lleven a cabo en el marco de este Convenio.

Crece la red de colegios profesionales que colaboran en la mediación

La voluntad del Departamento de Justicia, a través del Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, es hacer crecer la red de colegios profesionales que se conviertan en colaboradores para impulsar la mediación en el territorio catalán y contribuir a facilitar el acceso a este servicio.
Desde el mes de enero de 2014, el Departamento de Justicia ha consolidado la incorporación de colegios profesionales representantes de diversos profesionales del mundo de la economía y la empresa, como son los de economistas, de censores jurados de cuentas, de administradores de fincas, de administradores de la propiedad inmobiliaria y de gestores, ampliación que ha permitido contar con la colaboración de agentes con un nuevo perfil respecto de los que tradicionalmente han intervenido en la mediación. Con la firma de este Convenio, que implica el impulso de este medio desde una nueva vertiente profesional, ya son 15 los colegios profesionales que colaboran con el Departamento de Justicia en el ámbito de la mediación.

Plan Nacional para el impulso de la mediación en Cataluña

La firma de este convenio contribuye a desarrollar el Plan Nacional para el impulso de la mediación en Cataluña, que se presentó el pasado mes de enero y que se convierte en uno de los ejes estratégicos del Gobierno de la Generalidad. El Plan centra la acción de Gobierno en seis objetivos a alcanzar en los próximos dos años, y desde 2014, a través de diferentes líneas estratégicas de trabajo.
Los principales objetivos de este Plan Nacional son promover la colaboración entre los diferentes colectivos, favorecer un verdadero cambio cultural a favor de la mediación, fomentar la cohesión social a partir de medidas preventivas de resolución de conflictos, equilibrar el porcentaje de conflictos resueltos a través de la mediación en relación con los litigios judiciales, impulsar la gestión integral de la mediación a través de su implantación en los diferentes ámbitos privados y públicos y mejorar la calidad de las mediaciones.

Cataluña, pionera en la mediación

Cataluña fue la primera comunidad autónoma que aprobó una ley de mediación familiar del año 2001, la cual fue un referente para otras comunidades autónomas, que, desde entonces, elaboraron su sus leyes.
En 2009 se aprobó la Ley 15/2009 en el ámbito del derecho privado, también pionera en España. Esta norma, por un lado, amplía el objeto de la mediación en cualquier conflicto en el ámbito de la persona y la familia y, por otro, extiende el objeto de la mediación en la mediación civil en aquellos casos en que se produce una ruptura de la comunicación personal entre las partes cuando éstas deben mantener relaciones en el futuro, tales como conflictos entre asociaciones y fundaciones, en la convivencia ciudadana y vecinal, en el ámbito de la propiedad horizontal, etc.

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