A continuación desarrollamos la estructura del dictamen pericial de ruina, aunque debemos recordar que el dictamen debe adaptarse a las características concretas del objeto de la pericia y debe llevarse a cabo aplicando los conocimientos de patología edificatoria del perito.
Consta de un informe o parte expositiva, en el que se recogen las circunstancias observadas en relación con la edificación sobre la que se dictamina, y de un dictamen o parte analítica, en el que se emite la opinión sobre el objeto de la pericia:
- Informe
- Información
- Persona o entidad autor/a del encargo
- Objeto del dictamen pericial
- Emplazamiento del edificio
- Datos previos y antecedentes
- Descripción del edificio: configuración, antigüedad, usos, sistema estructural, materiales y reparaciones sufridas.
- Examen del edificio
- Inspección: criterios seguidos
- Control: medios técnicos utilizados
- Ensayos destructivos y no destructivos
- Descripción de lesiones o daños
- Fisuras
- Grietas
- Asentamientos
- Giros
- Desplomes
- Alabeos
- Abombamientos
- Humedades
- Desprendimientos
- Información
- Dictamen
- Análisis de los daños
- Periodo: evolución o estabilización
- Causas
- Localización
- Reparación de los daños
- Prevención: apeos, apuntalamientos, desalojo
- Reparación: demoliciones, sustituciones, refuerzos, recalces, repasos, sellados, picados
- Valoración económica de daños
- Análisis técnico-jurídico de los supuesto legales de ruina
- Conclusiones: exposición resumida de los análisis efectuados, limitándose el perito a exponer los hechos y sus causas.
- Análisis de los daños