El Tribunal Supremo exige que se realicen comprobaciones periciales antes de aceptar como prueba en un proceso una comunicación electrónica, de modo que se pueda identificar el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de sus interlocutores y la autenticidad de su contenido
En una sentencia el Supremo precisa estos criterios para aceptar “la prueba de una comunicación bidireccional mediante cualquiera de los múltiples sistemas de mensajería instantánea” que, según el alto tribunal, “debe ser abordada con todas las cautelas”, porque la posibilidad de una manipulación de los archivos digitales “forma parte de la realidad de las cosas”.
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