El amianto es el mayor asesino industrial del mundo, siendo responsable por lo menos de 100.000 muertes cada año.La OIT ha calculado que las enfermedades relacionadas con el amianto podrían a la larga alcanzar los 10 millones de muertes en todo el mundo.Las víctimas que sobreviven sufren discapacidades permanentes.

En lo últimos tiempos, se está tomando conciencia de los efectos negativos que tiene el amianto sobre la salud de los trabajadores expuestos. Aunque el uso del asbesto se remonta a miles de años atrás, en España se generalizó en los años sesenta en sectores como el naval, el ferroviario, el eléctrico, el del automóvil y el de la construcción.Y, aunque en 1992 se prohibiera su fabricación y en el 2002 su comercialización según R.D. 1406 de 10 de noviembre de 1989, la prolija utilización de este material alcanzó a elementos tales como las estructuras de acero de los edificios (evitando el pandeo causado por incendios), los tabiques de distribución, cubiertas, tanques, depósitos de agua, cañerías de agua potable, cloacas, paneles, cielorrasos, chimeneas, revestimientos de estufas y radiadores, cabinas de proyección cinematográfica, paredes y puertas antiincendios, tostadores de pan y un largo etcétera que nos indica que a día de hoy, y a pesar de su prohibición, nuestro país cuenta con numerosos elementos contaminados con amianto.

En la actualidad, y gracias a la transposición de la Directiva Europea en el REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, podemos concluir que existe un mayor control sobre las medidas preventivas que deben adoptar los trabajadores para su exposición al amianto. La citada normativa nos informa sobre sus efectos nocivos y establece, en su artículo 10, la necesidad de realizar un estudio previo de los edificios en los que se vaya a acometer trabajos de demolición y rehabilitación.

La Inspección de Trabajo, por su parte, ha puesto en marcha una campaña de inspección de las empresas incluidas en el Informe sobre el amianto en la CAPV (Registro de empresas con riesgo de amianto) con la intención de garantizar que los trabajadores expuestos a fibras de amianto (dentro de las compañías dedicadas a la retirada de materiales contaminados con este mineral) tengan formación e información sobre los riesgos que les afectan con Equipos de Protección Individual y con las oportunas instalaciones Higiénico sanitarias de descontaminación del personal, además de garantizar la protección de personas en el entorno de la obra.

Fuente:  http://www.anedes.org/

Legislación Nacional

Legislación Union Europea

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