Con carácter general, por lesión se entiende daño o detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad y, en un restringido sentido médico, como lesión se define el daño o alteración morbosa, orgánica o funcional, de los tejidos.
LAS LESIONES EN EL CODIGO PENAL
Penalmente, lesión es cualquier daño inferido en el cuerpo o en la salud de una persona, que no le causa la muerte ni que haya sido dirigido a causarla.
Tradicionalmente, antes de las reformas emprendidas en el Código Penal (a partir de la Ley Orgánica 3/1983, de 21 de junio), en la práctica forense, se clasificaban como: lesiones graves, menos graves y leves, según la duración de la enfermedad, la incapacidad.