Aymanejed @ Pixabay

La Resolución de 11 de mayo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se modifican diversas tarifas generales aplicadas por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, SA., incluye tarifas correspondientes a valoración de bienes muebles y otros derechos con finalidades patrimoniales

Condiciones de aplicación:

  1. El valor de tasación a adoptar a efectos de honorarios será siempre el valor a nuevo de los bienes tasados.
  2. Para valores de tasación superiores a 5.000.000 euros, se incrementarán los honorarios en 887,00 euros por cada 5.000.000 euros o fracción de valor de tasación a nuevo.
  3. En caso de valorarse distintos grupos de ítems en un mismo informe, los honorarios anteriores se verán incrementados porcentualmente, según la tabla adjunta a la tarifa.
  4. Esta tarifa no será de aplicación para el caso concreto de vehículos, embarcaciones y aeronaves, debiendo aplicarse el epígrafe 6 del presente documento.

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