Desde hace más de una década, la necesidad de implementar medidas para asegurar la conservación del MEDIO AMBIENTE ha movilizado a la SOCIEDAD, quienes han reaccionado exigiendo a sus POLITICOS y representantes que pongan en marcha las acciones adecuadas para el cumplimiento de este requisito básico de Sostenibilidad y de Futuro.

Una de las vías que se ha visto como más viables para conseguir este objetivo es la disminución del consumo de energía, poniendo la EFICIENCIA ENERGETICA como objetivo.

La Directiva de Uso Eficiente de la Energía y Servicios Energéticos y la actual reforma de la Directiva de Eficiencia Energética proponen a las EMPRESAS DE SERVICIOS ENERGETICOS como herramienta fundamental para conseguir los objetivos de Eficiencia Energética.

El compromiso políticoel compromiso político

Los representantes sociales vienen trabajando desde el inicio de la década pasada en la proposición y puesta en marcha de acciones conducidas a la mejora de la Eficiencia Energética.

De Europa, vinieron la Directiva 2006/32 UE de Uso Eficiente de la Energía y Servicios Energéticos así como los objetivos marcados en el Consejo UE 03/2007 según los cuales se debería disminuir el 20% el consumo de energía y las emisiones de CO2 antes del año 2020, los archiconocidos objetivos 20/20/20.

España implantó el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2011, en el que se proponían Medidas de Promoción del Mercado de Servicios Energéticos, el Plan de Ahorro Energético de 330 edificios de la Administración General del Estado, el Plan ESE 2000 de disminución de consumo de energía de 2000 edificios de la Administración general del Estado; Comunidades Autónomas y Ayuntamientos; y el RDL 6/2010 de Medidas Urgentes de Creación de Empleo, en el que se define la actividad de las Empresas de Servicios Energéticos, siguiendo lo marcado por la Directiva 32/2006.

En Marzo de 2011, la UE analizó la implantación de los planes de los distintos Estados miembros para evaluar la posibilidad de alcanzar el objetivo 20/20/20 llegando a la conclusión de que sería imposible cumplir dichos objetivos si no se tomaban medidas adicionales y coordinadas. Igualmente se acordó renovar el compromiso y realizar las acciones que fuesen necesarias para llegar a los objetivos 20/20/20.

Estas medidas adicionales se materializarán en una Nueva Directiva de Eficiencia Energética, aun en discusión.

El borrador en discusión sigue la filosofía de fijar una serie de medidas de eficiencia, en el uso, en el suministro y otras medidas horizontales, entre las cuales se enmarca a las Empresas de Servicios Energéticos como el medio para canalizar las medidas de ahorro de energía y el Contrato de Garantía de Ahorros como la herramienta adecuada para su implementación.

El borrador fija un calendario para que cada Estado miembro proponga sus Planes Nacionales y la puesta en común de los mismos de manera que se asegure la consecución de los objetivos 20/20/20.

De igual forma, se establece en este borrador como tecnologías prioritarias las correspondientes al District Heating & Cooling y a la Cogeneración.

Calendario previsto para la Directiva de Eficiencia Energética:

Calendario previsto para la Directiva de Eficiencia Energética

Fuente : http://www.encuentroeme3.com/eficiencia.html

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