Este formulario permite recopilar los datos relevantes a efectos estadísticos para evaluar el funcionamiento de la administración concursal
El BOE de 22 de marzo de 2023 contiene el Real Decreto 188/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el formulario del boletín estadístico de rendición de cuentas de la administración concursal.
La aprobación de este formulario responde al encargo contenido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, a cuyo tenor «el Gobierno adoptará las medidas pertinentes para garantizar la elaboración, a partir de la información suministrada por la oficina judicial, los Registros Mercantiles y el Registro público concursal, de estadísticas que permitan evaluar el funcionamiento del sistema concursal y contribuyan a la organización y funcionamiento de la cuenta de garantía arancelaria».
Presentación y cumplimentación del formulario del boletín estadístico de rendición de cuentas
El administrador concursal presentará el formulario con ocasión de la presentación del escrito de rendición de cuentas previsto en el texto refundido de la Ley Concursal. Si hubiera varios administradores concursales bastará que el formulario sea firmado por uno solo de ellos. Por su parte, el Letrado de la Administración de Justicia comprobará que se adjunta el formulario junto al escrito de la rendición de cuentas y que ha sido cumplimentado por el administrador concursal, y lo remitirá al Registro público concursal.
El formulario, que estará en todo caso disponible para su descarga en la página del Registro público concursal, se cumplimentará y firmará electrónicamente por el administrador concursal para su entrega junto con el escrito de rendición de cuentas y se remitirá en soporte y formato electrónico por el Letrado de la Administración de Justicia al Registro Público Concursal