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Se ha publicado la última actualización de las las principales directrices de procedimiento de concesión de patentes, de conformidad con la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, y su Reglamento

Las Directrices de Examen de Solicitudes de Patentes fueron aprobadas con fecha 6 de febrero de 2019, y esta actualización responde al compromiso del Departamento de Patentes e Información Tecnológica de llevar a cabo una actualización regular de las Directrices para tener en cuenta las modificaciones que surjan en la legislación, así como incorporar la puesta en práctica de la misma por parte de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) .

Directrices de Solicitudes de Examen de Patentes – Marzo 2023

Las Directrices de Examen de Solicitudes de Patente están compuestas por las siguientes siete partes:

Parte A       Admisión a trámite, examen de oficio y publicación de la solicitud
Parte B        IET y Opinión Escrita
Parte C        Examen sustantivo
Parte D        Oposiciones, limitación y revocación
Parte E        Comunicaciones y aspectos comunes del procedimiento
Parte F        La solicitud de patente
Parte G        Patentabilidad

  • La parte A aborda los aspectos formales referidos a las primeras etapas de la tramitaciónasí como los preparativos para la publicación e la solicitud.
  • La parte B se refiere a la fase de búsqueda y elaboración del IET y la Opinión Escrita.
  • En la parte C se tratan los aspectos puramente procedimentales del Examen sustantivo.
  • La parte D trata de los procedimientos de oposición, limitación y revocación que puedentener lugar tras la concesión de la patente.
  • La parte E se refiere a aspectos generales del procedimiento comunes a algunas o a
  • todas las etapas de la tramitación. En particular se tratan las modificaciones a la solicitud y la corrección de errores. También se abordan distintos aspectos relacionados con los
    derechos generados tanto por la solicitud como por la patente concedida:
  • En la parte F se analizan los requisitos que debe satisfacer una solicitud de patente distintos a los de patentabilidad, en particular, la unidad de invención, la suficiencia de la descripción, la claridad y el derecho de prioridad.
  • Finalmente, en la parte G se tratan las cuestiones referidas a los requisitos de patentabilidad, novedad, actividad inventiva y aplicación industrial así como las exclusiones y excepciones previstas en la ley.

Las Directrices están dirigidas principalmente al personal técnico y administrativo del Departamento de Patentes e Información Tecnológica (DPIT), si bien pretenden asimismo servir como base para ilustrar la ley y su práctica en los procedimientos ante la OEPM a todas las demás partes involucradas en el sistema nacional de concesión de patentes en cada momento de la tramitación, incluidos los procedimientos de oposición, limitación y revocación post-concesión, es decir, a los/las solicitantes, así como a sus agentes o representantes y en general, a cualquier interesado/a en el procedimiento, tales como oponentes y sus agentes o representantes.

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