El Gobierno crea el Consejo Médico Forense para impulsar la medicina forense y unificar criterios científicos entre los Institutos de Medicina Legal
El Consejo Médico Forense se constituye como un órgano consultivo y de asesoramiento científico-técnico en materia de medicina legal y ciencias forenses, cuyo último fin es contribuir al logro de una respuesta pericial uniforme y de calidad por parte de los distintos profesionales, quienes tienen encomendada la función de apoyo y auxilio al funcionamiento de juzgados y tribunales y al ejercicio de la función jurisdiccional.
La constitución de un Consejo Médico Forense es una vieja reivindicación de este colectivo que ya se plasmó en el Libro Blanco de la Medicina Forense publicado por el Ministerio de Justicia en 1988. Desde entonces, los profundos cambios experimentados en la medicina forense, con la creación de los Institutos de Medicina Legal y la asunción de competencias por parte de algunas comunidades autónomas, han reforzado la convicción de la necesidad de un órgano exclusivamente consultivo y de carácter nacional, que sirva de canal de comunicación entre todos los institutos, para que ninguno quede relegado en los avances científicos y tecnológicos propios de su disciplina.
El Consejo Médico Forense no un órgano pericial
El Consejo Médico Forense no tiene atribuida entre sus funciones la de elaborar informes sobre asuntos que se encuentren bajo la jurisdicción de un concreto órgano judicial, función que corresponde a los Institutos de Medicina Legal, sino que su cometido se enmarca en el asesoramiento de aspectos generales médico forenses con el fin de elevar el nivel de calidad de cuantas pericias se elaboren en este ámbito.
Composición del Consejo Médico Forense
Dado su carácter eminentemente científico, el Consejo Médico Forense estará formado especialmente por médicos forenses de los distintos ámbitos científicos y técnicos, aunque también contará con representación de la Administración del Estado y de las comunidades autónomas con competencias en justicia, así como de otras instituciones, como el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado. Los primeros serán elegidos vocales por elección democrática de los médicos forenses, mientras que las administraciones designarán a los vocales que les representarán.
El Consejo constará de un Pleno, en el que participarán todos los vocales, y de un Comité Científico-Técnico, compuesto sólo por los vocales médicos forenses. Este último será el encargado de estudiar las propuestas que se debatirán en el Pleno así como los informes más técnicos relativos a la medicina forense.
Consulta el Real Decreto por el que se crea y regula el Consejo Médico Forense