Toda la información necesaria para el perito designado de oficio por el Juez o a propuesta del Ministerio Fiscal o bien en los casos que la prueba pericial haya sido solicitado por la parte que goza de asistencia pericial gratuita reconocida para la elaboración de los correspondientes informes periciales
Una vez haya sido designado como perito para la elaboración de un informe pericial por el juzgado, los pasos a seguir son:
1.Verificar si se está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración
Lo primero que se debe hacer es verificar si se está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. En ese caso, se debe dar de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid y usar los formularios correspondientes. Si no está obligado a relacionarse telemáticamente con la Administración puede darse de Alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid para recibir las comunicaciones que le remitamos más rápidamente o bien presentar la solicitud a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de cualquiera de las oficinas en materia de registro de la Comunidad de Madrid .