La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con una multa de 70.000 euros al Colegio Oficial de los Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI) por restricciones en el acceso a las listas de peritos judiciales
Fuente: CNMC
La CNMC ha sancionado al COAPI por la adopción por parte del citado colegio de criterios para el acceso a las listas de peritos judiciales y la recomendación de baremos orientativos respecto a los honorarios de los servicios de los Agentes de la Propiedad Industrial (API). Asimismo, considera que el Colegio cobraba cuotas ordinarias variables sobre los trabajos profesionales que los agentes colegiados realizan ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Estas prácticas tuvieron lugar durante doce, tres y trece años respectivamente.
En la su Resolución, la CNMC concluye que el Colegio imponía el criterio de antigüedad y experiencia, así como la condición a sus agentes de que se hallaran al corriente del pago de todas las cuotas colegiales para permitirles el acceso a las listas de peritos judiciales. Estas restricciones implicaron la exclusión de algunos de sus miembros que podían estar interesados en formar parte de las listas.
Por otra parte, según la CNMC, el cobro de cuotas ordinarias variables basadas en la actividad profesional que cada Agente desarrolla ante la Oficina Española de Marcas y Patentes (OEMP) “supone un evidente tratamiento discriminatorio entre los colegiados, que perjudica a quienes mayor volumen de actividad profesional realizan y que no refleja necesariamente el mayor requerimiento y uso de los servicios del Colegio, existiendo a disposición de COAPI otros criterios de carácter objetivo que permitirían un mejor ajuste de las cuotas”.