Ley de medidas urgentes en materia concursal

La Ley de medidas urgentes en materia concursal ha sido aprobada en el Pleno del Congreso al ratificarse las enmiendas incorporadas durante su tramitación en el Senado

El texto queda, por lo tanto, listo para ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrar en vigor al día siguiente, tal y como establece la propia norma.
Esta Ley, que inició su tramitación parlamentaria en septiembre de 2014 como Real Decreto, completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal y pretende solucionar problemas detectados en la fase concursal. En concreto, se establece un mejor engranaje entre el convenio concursal y los acuerdos de refinanciación, y se eliminan los obstáculos legales para la venta de empresas o unidades productivas sin cargas.
La norma incorpora una serie de medidas para flexibilizar la transmisión del negocio del concursado o de alguna de sus ramas de actividad, con la finalidad de facilitar en la mayor medida posible la continuación de la actividad empresarial.
Entre los cambios relevantes, se encuentra la ampliación del quórum del a junta de acreedores, atribuyendo derecho de voto a algunos que hasta ahora no lo tenían. Asimismo se modifican las votaciones y mayorías en el convenio y la ampliación de la capacidad de arrastre de los acreedores disidentes en determinadas circunstancias.
El texto presenta una síntesis de las reglas vigentes en nuestro derecho acerca de la purga de las garantías posteriores e incorpora una previsión novedosa sobre la posibilidad de arrastre de determinados créditos con privilegio general o especial, incluso en la parte cubierta por el valor de la garantía.
Con respecto a la liquidación, el Proyecto de Ley pretende facilitar el desarrollo del procedimiento concursal. Con el objetivo, según el Gobierno, de garantizar la continuación de la actividad empresarial.
Por otro lado, el Real Decreto Ley crea una comisión de seguimiento de prácticas de refinanciación y reducción de sobreendeudamiento, con funciones de seguimiento de las medidas adoptadas por esta norma. La comisión elaborará un informe anual sobre la efectividad de las medidas y sobre la evolución del endeudamiento del sector privado y sus implicaciones macroeconómicas. Asimismo, se constituye un portal telemático en el BOE con información sobre las empresas en liquidación para facilitar su enajenación.

Enmiendas del Senado

Entre otros cambios, la Cámara Alta añade una disposición final que modifica a su vez una disposición final de la Ley 17/2014 por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Estos cambios suponen, entre otros efectos, modificaciones en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

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